viernes, 22 de noviembre de 2013

La procuradora amenaza el futuro previsional

POR ISMAEL BERMÚDEZ IBERMUDEZ@CLARIN.COM

21/11/13-Clarin

Para fundamentar su rechazo a un fallo de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, la procuradora general de la Nación,Alejandra Gils Carbó, firmó un dictamen que modifica en forma negativa pilares clave del régimen previsional.

Entre los más importantes, que la jubilación equivale al salario, que el haber se fija de acuerdo a los salarios percibidos y actualizados y que la movilidad es general, para todas y todos los jubilados.

La procuradora dice que el sistema previsional es de reparto (sic) y que esto implica que el monto de los haberes “depende de la determinación de los derechos del resto de los beneficiarios sobre el total de los fondos provisionales”.

Que si bien el haber jubilatorio es “una prestación sustitutiva de las remuneraciones de actividad”, “debe ser compatibilizada con otros objetivos del sistema previsional como garantizar a las personas los medios necesarios para una subsistencia digna, universalizar los beneficios de la seguridad social o mejorar prioritariamente la situación de los jubilados y pensionados de la parte inferior de la escala”.

La procuradora arremete también contra la movilidad ya que sostiene que “no hay una razón para presuponer un criterio de movilidad invariable” negando que la actualización fijada en el fallo Badaro pueda comprender a jubilaciones más altas.

La procuradora desconoce que el sistema previsional argentino es de aportes y prestaciones definidas y que los sectores pobres o informales deben ser asistidos por el Estado sin menoscabar los derechos previsionales de los que aportaron.

Así, los aportes hechos durante la vida activa del trabajador son underecho para percibir, en la etapa jubilatoria, un haber similar al nivel de ingresos previo a la jubilación, sin que exista responsabilidad alguna del trabajador por el buen o mal manejo del sistema, que es responsabilidad del Estado.

Y el haber inicial debe ser actualizado en forma regular para que la inflación no reduzca su poder de compra. De ahí proviene el “famoso” 82% móvil.

Los fallos Badaro y Eliff de la Corte Suprema volvieron a ratificar esos principios: ajustaron los haberes según los índices de salarios.

En síntesis, el dictamen de la procuradora es amenazante para el futuro previsional.

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