sábado, 18 de julio de 2009

Fallo - Recálculo Retroactivo


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Nuevas demandas por día presentan los jubilados para ajustar sus haberes. Los tribunales están colapsados.
Varios fallos establecen que el recálculo sea retroactivo
Un fallo de la Sala I de la Cámara de la Seguridad Social, esta vez contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), ordenó que se recalcule la jubilación de un trabajador teniendo en cuenta las sumas "no remunerativas" que estuvo percibiendo en estos años.

El sábado pasado, Clarín consignó una sentencia similar de Cámara contra el Ministerio de Defensa en relación a una jubilación de un empleado militar.

La sentencia recayó en la causa Lapaco, Miguela c/ANSeS, una médica Jefa de Departamento de uno de los hospitales pediátricos de la Ciudad de Buenos Aires que se jubiló en el año 2003.

Según comentó el abogado Guillermo Pagura a este diario, de acuerdo al fallo, la ANSeS deberá re-liquidar con retroactividad la jubilación de la médica, esta vez incorporando los suplementos no remunerativos de su sueldo en actividad, lo que implica un incremento aproximado del 20%.

En los fundamentos del fallo que dio que hablar en el ambiente previsional, los camaristas sostienen que la ley de jubilaciones sostiene que a los fines previsionales, remuneración es todo ingreso que recibe un trabajador en retribución o compensación por su actividad personal prestados en relación de dependencia, incluidos los suplementos que tengan el carácter de habituales y regulares.

En este caso - agregan-- los suplementos percibidos por Lapaco eran habituales y regulares, por lo que deben ser tomados en cuenta para el cálculo jubilatorio.

Ismael Bermúdez ( Clarin 13 de Julio de 2009 )

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