jueves, 23 de julio de 2009

Jubilados Docentes

POLEMICA POR LA APLICACION DE LEYES QUE CONVALIDAN SITUACIONES IRREGULARES
Los jubilados docentes cobran ajustes que no son uniformes
Algunos recibieron un aumento mayor al resto. Pero otros no tuvieron reajustes.
Por: Ismael Bermúdez
Fuente: http://www.clarin.com/diario/2009/07/20/elpais/p-01961868.htm

PROTESTAS. LOS EXPERTOS ADVIERTEN QUE EL 82% NO SE ESTA APLICANDO COMO PROPORCION DEL SALARIO DEL ACTIVO
PROTESTAS. LOS EXPERTOS ADVIERTEN QUE EL 82% NO SE ESTA APLICANDO COMO PROPORCION DEL SALARIO DEL ACTIVO

Los jubilados docentes están cobrando en estos días sus haberes previsionales con aumentos -como anticipó Clarín- que registran fuertes diferencias entre sí. Y esto se da incluso entre aquellos que ocupaban un mismo cargo cuando estaban en actividad.
Y esta situación se debe a que el incremento no es uniforme para todos ya que depende del momento en que cada uno se jubiló, de si está reconocido como docente en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y de la liquidación inicial.
Por eso, algunos jubilados docentes no recibieron ningún incremento o tuvieron una suba menor, en especial los que se jubilaron en los últimos años, y otros recibieron aumentos importantes pero con diferencias.Y a pesar de los aumentos, los especialistas coinciden que el nuevo haber está lejos del 82% como determina ley especial del sector.
Según Graciela Stasevich, la abogada que ganó el caso Badaro y que es apoderada de la Unión Federal de Entidades de Jubilados y Pensionados de Argentina, las diferencias se deben a varios factores:
En los registros de la ANSeS no todos los jubilados docentes están empadronados como tales. Por lo tanto los que no está registrados como docentes, no reciben ningún tipo de aumento.
El aumento depende de la ley por la que se jubiló cada docente. Como cada una de estas leyes tiene una fórmula distinta para determinar el haber de alta o inicial, la aplicación del coeficiente de aumento no garantiza que el incremento tenga que ver con el cargo desempeñado como docente.
Esto significa que si el docente no se jubiló con el 82 por ciento del haber al momento del cese que marca la ley, la aplicación del coeficiente no es más que un aumento sobre el haber general, pero no guarda relación alguna con el sueldo del cargo docente de quien está en actividad.
El especialista en temas previsionales Guillermo Jáuregui coincide en señalar que, incluso entre las personas que son reconocidas como jubilados docentes, el coeficiente del ajuste no se está aplicando sobre el 82 por ciento del sueldo al momento del cese del período de activo, sino sobre el haber inicial calculado en base a las leyes generales.
"Supongamos que un docente en 2005 ganaba un sueldo de 2.000 pesos. Cuando se jubiló, por el decreto 137, le calcularon el haber general -$ 1.000- y como suplemento docente le adicionaron 640 pesos para llegar al 82%. Pero ahora en lugar de aplicar el coeficiente de aumento sobre $ 1.640, lo aplican sobre los $ 1.000. Entonces el jubilado cobra un aumento menor al que le corresponde, con lo que no cobra el 82% del sueldo activo", dice Jáuregui.
Stasevich adelantó que "se está preparando un registro o empadronamiento de docentes mediante declaraciones juradas que deberá tramitarse oportunamente, y donde seguramente se deberá establecer el haber del 82% al cese para aquellos que no lo hayan hecho, pero por ahora no está operativo o por lo menos no existen instrucciones al respecto".
A modo de conclusión -y sin perjuicio de señalar que todo aumento es bienvenido-, la abogada Stasevich sostiene que el coeficiente aplicado no equivale al 82% móvil que marca la ley docente vigente.

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