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- 21/09/15
PRESUPUESTO 2016.El Presupuesto 2016 prevé pagar el año próximo $ 12.500 millones por sentencias a favor de los jubilados de la ANSeS
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- Ismael Bermúdez
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@IsmaelBermudez1
El Presupuesto 2016 prevé pagar el año próximo $ 12.500 millones por sentencias a favor de los jubilados de la ANSeS. Este importe es un 19% superior al que se había fijado para 2015. Se estima que estos fondos alcanzarían para cancelar unas 50.000 sentencias.
Además, figuran otros $ 1.676.2 millones para los fallos que benefician a retirados y pensionados de la Policía, de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. En este caso, la suba contra lo destinado este año es del 15%. Así, se cancelarían otras 10.000 sentencias.
En promedio las sentencias que se pagan rondan los $ 250.000 por la acumulación de retroactivos, más el reajuste del haber de acuerdo a lo que fije la sentencia.
Sin embargo, el stock de juicios -que ronda los 300.000- difícilmente se reduzca porque están ingresando nuevos juicios de los jubilados. Según la Oficina de Poderes de la Cámara de la Seguridad Social, se expiden alrededor de 170 poderes diarios para iniciar juicios de reajustes de haberes de la ley 24.241. Esto indica que mantiene alta la litigiosidad previsional.
Además se estima que en el edificio de Lavalle 1441 – especialmente alquilado para “guardar” expedientes- hay 78.000 causas. En tanto, en promedio, cada Sala de la Cámara tiene en trámite 10.000 causas, mientras que -por orden de la Corte Suprema- se devolvieron unas 30.000 causas a los juzgados del interior del país.
La mayoría de los juicios son por reajustes de los haberes luego de la crisis de 2001-2002. Luego crecieron cuando la Corte Suprema dictara varios fallos favorables a las demandas de los jubilados, como el caso Badaro o Eliff. Y las demandas de los retirados de las FF.AA. y de Seguridad porque les liquidaron las jubilaciones sin incluir los rubros no remunerativos. También hay juicios cuestionando el “tope” previsional y los descuentos que surgen de la ley de “solidaridad previsional” aprobada en 1995 (articulo 9 de la ley 24.463).
Para tener derecho a cobrar lo que ya determinó la Justicia, cada jubilado debe iniciar un juicio porque el Gobierno no extiende la doctrina de la Corte a todos los jubilados que están en la misma situación. Este reclamo está hace varios años en la Corte Suprema por una demanda colectiva presentada por la Defensoría del Pueblo, sin que el Alto Tribunal resuelva el pedido.
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