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- 15/11/14
Un fallo de la Corte que perjudica a los jubilados
La columna.
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Con el argumento de dejar la abierta la posibilidad de que el jubilado pueda solicitar el ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), la Corte Suprema dio a conocer una sentencia (“Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeS s/ reajuste varios”) que torna abstracto o más bien anula en los hechos ese derecho para la inmensa mayoría de los jubilados y pensionados.
Es que con el voto de los Doctores Lorenzetti, Fayt, Maqueda y Zaffaroni, la Corte condicionó la actualización de ese beneficio -un componente menor del haber total- a realizar, en cada caso, un examen del impacto que la inmovilidad o congelamiento de la PBU durante 10 años habría tenido sobre la totalidad del haber inicial. Y para realizar ese cálculo remite a otro fallo donde se sostiene que si el perjuicio del jubilado es menor al 15% no corresponde el ajuste, como si una pérdida del 5%, 8% o 10% no fuesen confiscatorios sobre jubilaciones o pensiones ya de por sí bajas.
Además, por la estructura de las jubilaciones, el monto y el peso de la PBU en el haber total son reducidos, y el porcentaje de confiscatoriedad que exige la Corte para habilitar el reclamo es elevado. De ahí que, si se hacen los números, en la práctica para la casi totalidad de los jubilados no habría perjuicio y, por lo tanto, tampoco motivos para reclamar la actualización de la PBU.
Otro límite es que el derecho al reclamo abarca a los que se jubilaron entre enero de 2002 y febrero de 2009 cuando entró en vigencia la ley de movilidad. Sin embargo, los que se jubilaron después de ese periodo están cobrando una PBU un 40% inferior (de $ 1.526 cuando debería ascender a $ 2.598) porque no fue actualizada correctamente y el perjuicio se arrastra así indefinidamente.
Finalmente para la Corte el reclamo debe realizarse al final del camino, en la “etapa de ejecución” de la sentencia. Todos estos límites y condicionamientos no figuraban en el fallo de la Cámara de la Seguridad Social que actualizaba sin vueltas la PBU. Por la apelación de la ANSeS, el caso llegó a la Corte Suprema hace 4 años y recién ahora definió su postura revocando la decisión adoptada por la Cámara.
No por casualidad, la ANSeS festejó la decisión de la Corte.
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