viernes, 22 de abril de 2016

La devolución del 15% se suma al reintegro del 5%

La devolución del 15% se suma al reintegro del 5% y para todos lo que se pague con tarjetas de débitos

Consumo
Aclaración del Ministerio de Hacienda y Finanzas

La actual devolución general de 5% del IVA sobre las compras con tarjetas de débito se sumará al reintegro del 15%, con tope, que se proyecta para los consumidores de bajos recursos. A tal fin, el Gobierno prorrogará el reintegro del 5% que vence este fin de mes.
Así le aseguraron a Clarín en el Ministerio de Hacienda ante las dudas que se originaron en relación al proyecto de ley de devolución del IVA de hasta el 15%. Y que alcanza a los jubilados y pensiones no contributivas que cobran el haber mínimo, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación por Embarazo.
Las dudas surgieron porque el proyecto de ley no dice nada sobre este punto  y el reintegro del 5% para las compras de hasta $ 1.000 fue prorrogado pero vence este fin de mes. En enero pasado a través de la Resolución 8/15 del Ministerio de Hacienda ese beneficio fue prorrogado pero sólo hasta el 30 de abril de 2016.
Ahora en Economía dicen que la Resolución 815 va a ser nuevamente prorrogada y que si se aprueba el proyecto de ley con la devolución del 15%, los jubilados, pensionados y beneficiarios de las Asignaciones recibirán el 15% más el 5%, con sus respectivos topes.
De todos modos y a fin de evitar discrecionalidades, algunos legisladores proponen incluir la devolución general del 5% en la ley y elevar el tope de $ 1.000 por compra – fijado en noviembre de 2001, que quedó más que desfasado por la alta inflación. También plantean que el proyecto de ley otorga muchas facultades al Ejecutivo para establecer excepciones o fijar topes.
Otro punto aclaratorio es que el reintegro del 15%, con tope, no se limita a las compras de alimentos porque el proyecto de ley especifica que alcanza a "todos los pagos" cuyo "débito se realice en cuentas abiertas en sucursales o casas centrales de entidades financieras...". O sea, se aplica  sobre todos los consumos de bienes y servicios que efectúen los beneficiarios y no se  limitan a los productos que integran la canasta básica.

1 comentario:

Unknown dijo...

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