viernes, 1 de agosto de 2008

El Proyecto sobre la Movilidad

Estaba esperando esa chicana
Y vino
Siempre nos ponen "la plancha" como en el fútbol, en la mejor jugada de la temporada
A quién le van a echar la culpa si no tienen los ingresos necesarios para hacer el ajuste
La culpa la tendrá la ECONOMIA DEL PAIS que manejan los políticos
Daniel H. Spagnolo

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Y ahora que me deshogué, la nota de Clarin del 1º de Febrero de 2008
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Habrá tope al aumento de las jubilaciones por la movilidad
El ajuste estará condicionado a lo que pase con los ingresos de la Seguridad Social.
Por: Ismael Bermúdez
La movilidad de las jubilaciones --prevista en el proyecto que el Gobierno envió al Congreso el martes-- está condicionada a lo que pase con la recaudación total del Sistema de Seguridad Social y a la evolución del padrón de beneficiarios. Así, el incremento de los haberes sólo se aplicará si la recaudación por jubilado de la Seguridad Social (por contribuciones, aportes e impuestos) sube más que el índice de movilidad.
De lo contrario, los haberes se reajustarán por lo que aumentó la recaudación por jubilado.Ese límite figura en la fórmula de actualización de los haberes que, en la práctica, constituye un tope frente a la eventualidad de que los salarios aumenten y los ingresos de la ANSeS se estanquen o disminuyan.
Funcionarios de la Seguridad Social admitieron que introdujeron ese "condicionante" para resguardar el sistema frente a subas que no pueda financiar.
Pero descartan que pueda producirse un escenario en el que aumenten los salarios y la recaudación del sistema caiga o suba poco.
¿Entonces, por qué incorporaron ese tope?, preguntó Clarín.
"Tenemos que prevenir todos los escenarios", fue la respuesta.
Cuando trascendió el proyecto la fórmula combinaba salarios y recaudación. Pero el texto del proyecto de ley dice que dos veces por año --en marzo y setiembre-- las jubilaciones se ajustarán por un índice cuyo 50% seguirá la evolución del nivel general de los salarios del INDEC y la otra mitad por el 90% del incremento que registre la recaudación del Sistema de la Seguridad Social.
En el texto del proyecto se agregó además una condición: que ese índice se aplicará si es menor o igual a la variación en los últimos 12 meses de los recursos totales por beneficio de la ANSeS, "amplificada en un 3%".Pero si es mayor, el índice pasa a ser la variación de la recaudación total, por el 3%.
Un ejemplo: si los salarios aumentan un 10% y los ingresos por impuestos un 8%, el Indice de ajuste debería ser 8,6%. Pero si los ingresos totales subieron el 2%, el ajuste sería del 2,06%, según los cálculos del especialista Guillermo Jáuregui.
En el caso hipotético de que no aumente la recaudación total, no habría ningún ajuste porque el resultado del índice sería cero.
Otra clave del proyecto es que si se convierte en ley, cualquier cambio impositivo o disminución de los tributos que van a la Seguridad Social alteraría directamente la fórmula de la movilidad. Ya algunos legisladores plantean que la asignación específica de esos impuestos, y los impuestos mismos, no podrían modificarse hacia abajo en el futuro porque afectaría el índice.
Otro dato del proyecto se refiere a las sentencias.
El texto dice que, a partir de la aprobación de la ley, los ajustes dispuestos por las sentencias judiciales se pagarán de acuerdo a la nueva movilidad y no de acuerdo a lo que estipulan los fallos.
Los abogados entienden que la ley no puede desconocer lo que resuelva la Justicia.

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