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Ayer hubo una avalancha de jubilados y pensionados que ingresaron a la página web de la ANSeS, con la clave de Seguridad Social, para saber si les corresponde el pago de las retroactividades y reajuste de haberes, para los que tienen sentencia firme o están en juicio, o el reajuste de haberes para quienes no hicieron juicio pero les asiste un incremento en sus haberes. Y el sistema respondió sin dificultades a las decenas de miles de consulta. Al cierre de esta edición, habían sido unos 80 mil los jubilados que entraron a la página de la web. También, muchos iniciaron por internet el trámite para obtener la clave de seguridad social.
Completado este paso, en los primeros días de septiembre, ANSeS informará a todos los jubilados que les corresponde algún beneficio, el monto de la retroactividad y/o del reajuste de haberes.
Y se estima que en los primeros días de noviembre, la ANSeS podrá comenzar a concretar los primeros pagos de los que acepten la propuesta oficial.
Mientras tanto, los jubilados que aún no tienen abogado, deben contratar a un profesional para ser asesorados en el convenio que deberán suscribir con la ANSeS. Los que cuentan con sentencia firme o están en juicio ya tienen abogado pero la reglamentación dice que pueden designar uno nuevo, cumpliendo “con la normativa aplicable en la materia”.
En relación a este punto, el decreto reglamentario, publicado ayer en el Boletin Oficial, señala que para los que no tiene juicio iniciado, para la firma de los acuerdos de pagos, los jubilados deberán ser asistidos por abogados, cuyos honorarios “desde el asesoramiento inicial, hasta el cumplimiento del acuerdo, serán asumidos por la ANSeS, fijándolos en $ 500 “por la realización de todos los trabajos concernientes a la celebración y homologación de cada Acuerdo.
Y agrega: “la ANSES podrá reconocer una suma adicional en concepto de gastos judiciales correspondientes a cada jurisdicción. Ambos conceptos serán abonados por la ANSES, con fuente de financiamiento en el Tesoro Nacional.”.
La reglamentación también especifica que a partir de 2017 la asistencia financiera a las Cajas de jubilaciones de las provincias no transferidas a la Nación ( caso Cordoba, Santa Fe o Provincia de Buenos Aires) estará condicionada a las auditorias que realice la ANSeS. Esas auditorias determinarán el grado de avance en la adecuación y armonización con el sistema previsional nacional en relación a temas claves, como edad para acceder a la jubilación, alícuotas de aportes personales y contribuciones patronales, cantidad de años de servicio con aportes efectivos, determinación del haber inicial y mecanismo sustentable de movilidad de los haberes jubilatorios. Ese proceso de armonización deberá completarse en un plazo no mayor a 4 años.
Por otra parte, el decreto reglamentario fija que los organismos del Estado informen sobre las personas que podrían tener derecho a la Pensión Universal para el Adulto Mayor, un beneficio de carácter vitalicio y no contributivo, para todas las personas de 65 años de edad o más que no perciba haberes previsionales ni ningún otro plan social de los que otorgan la Nación, las provincias o los municipios. Los jubilados que vean incrementar sus haberes no perderán sus beneficios de la tarifa social y de la devolución del IVA (ver más aparte).
El monto de este beneficio será equivalente al 80 por ciento de la jubilación mínima y se actualizará cada seis meses.
Fuente IEco