El grueso de las demandas es por el aumento insuficiente de los haberes
La insatisfacción de muchos jubilados tiene eco en la Justicia: son cerca de 221.000 los litigios contra el Estado que están en trámite.
Básicamente, se reclama por la falta de una adecuada actualización de los haberes y por disconformidad con el cálculo del ingreso mensual de inicio que determina la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
En la pila creciente de expedientes está la historia de un número bastante superior de personas reclamantes, ya que en una gran cantidad de presentaciones intervienen varios jubilados. Según dijeron a LA NACION fuentes del sistema judicial, el número de litigantes podría estimarse multiplicando por dos el de juicios pendientes: serían, así, unos 442.000.
A los juicios en trámite se llega sumando los 11.479 que están actualmente en las tres salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social y los 98.032 que esperan resolución de jueces de primera instancia.
Además, hay 1240 casos esperando la sentencia de la Corte Suprema de Justicia y otros 46.457 trámites de ejecución de sentencia (son reclamos que se hacen para lograr que la Anses cumpla con lo ordenado previamente por los jueces).
A todos esos pedidos se suman otros 63.777 que se están gestionando en juzgados federales del interior y que se refieren al sistema nacional de jubilaciones.
Según comentó el juez camarista de la Seguridad Social Luis Herrero, la causa principal del gran número de demandas "es el incumplimiento por parte de la Anses del fallo Badaro". El año pasado y el actual hubo un incremento inédito de las demandas iniciadas. En la causa mencionada, los jueces supremos ordenaron a los poderes Ejecutivo y Legislativo a mediados de 2006 dictar "en un plazo razonable" una ley de movilidad de haberes teniendo en cuenta el deterioro del ingreso sufrido a partir de enero de 2002 por la inflación.
Como hasta noviembre de 2007 no se había tomado ninguna decisión política, la Corte retomó el caso y decidió que los haberes de Badaro se ajustaran según el alza promedio de los salarios entre 2002 y 2006.
En síntesis, el fallo disponía que en diciembre de 2006 el ingreso pasivo debía ser un 88,57% superior al de enero de 2002.
Badaro, por tener un ingreso de más de $ 1000 mensuales, había recibido hasta entonces una suba del 11 por ciento.
Y otro grupo de pasivos que entonces cobraba más que la jubilación mínima había tenido un aumento del 22,1 por ciento. Ya durante este año el Congreso convirtió en ley el proyecto de movilidad promovido por el Poder Ejecutivo, que regirá desde 2009. Esa norma no dispuso ninguna corrección por la insuficiencia de ajustes entre 2002 y 2008. Falta de respuesta
Con el anunciado objetivo de acortar los tiempos de respuesta a los reclamos judiciales -y tras la falta de respuesta por vía administrativa- el organismo de la seguridad social decidió este año dejar de apelar todos los fallos que fueran equivalentes a la causa Badaro. Sin embargo, una sentencia dictada en segunda instancia corrió el arco.
En la causa Cirillo, los jueces determinaron que los ajustes en función de la evolución de salarios deben aplicarse, pero no sólo hasta diciembre de 2006, sino hasta que entre en vigor la ley de movilidad. Esto suma, a lo que se había dispuesto para Badaro, la actualización por los años 2007 y 2008. Al disponer la Corte un límite temporal en su fallo, los jueces dieron a entender que esperaban la sanción de una ley que estableciera un índice definitivo con vigencia desde 2007.
Por otra parte, muchos reclamos se refieren también a la falta de una adecuada actualización del valor de los salarios de los diez últimos años trabajados, que se toman como referencia para calcular el haber de inicio de quien se jubila. En los últimos años, la Anses fue considerando diferentes pautas para esa valuación. Durante un tiempo no se hizo ninguna revalorización; luego se usó la fórmula sin actualización de salarios históricos, pero una vez obtenido el monto del haber se sumaban los aumentos que en los últimos años se habían dado a los jubilados. Eso provocó distorsiones hasta que se dispuso una pauta de actualización de salarios.
Pero ese índice no está basado en la variación de los salarios activos, sino en la suba que tuvieron algunos niveles de haberes.
El resultado es una subestimación de los valores y un haber inicial más bajo que el que correspondería, según los abogados que promueven demandas.
Fuente: http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1078508
La insatisfacción de muchos jubilados tiene eco en la Justicia: son cerca de 221.000 los litigios contra el Estado que están en trámite.
Básicamente, se reclama por la falta de una adecuada actualización de los haberes y por disconformidad con el cálculo del ingreso mensual de inicio que determina la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
En la pila creciente de expedientes está la historia de un número bastante superior de personas reclamantes, ya que en una gran cantidad de presentaciones intervienen varios jubilados. Según dijeron a LA NACION fuentes del sistema judicial, el número de litigantes podría estimarse multiplicando por dos el de juicios pendientes: serían, así, unos 442.000.
A los juicios en trámite se llega sumando los 11.479 que están actualmente en las tres salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social y los 98.032 que esperan resolución de jueces de primera instancia.
Además, hay 1240 casos esperando la sentencia de la Corte Suprema de Justicia y otros 46.457 trámites de ejecución de sentencia (son reclamos que se hacen para lograr que la Anses cumpla con lo ordenado previamente por los jueces).
A todos esos pedidos se suman otros 63.777 que se están gestionando en juzgados federales del interior y que se refieren al sistema nacional de jubilaciones.
Según comentó el juez camarista de la Seguridad Social Luis Herrero, la causa principal del gran número de demandas "es el incumplimiento por parte de la Anses del fallo Badaro". El año pasado y el actual hubo un incremento inédito de las demandas iniciadas. En la causa mencionada, los jueces supremos ordenaron a los poderes Ejecutivo y Legislativo a mediados de 2006 dictar "en un plazo razonable" una ley de movilidad de haberes teniendo en cuenta el deterioro del ingreso sufrido a partir de enero de 2002 por la inflación.
Como hasta noviembre de 2007 no se había tomado ninguna decisión política, la Corte retomó el caso y decidió que los haberes de Badaro se ajustaran según el alza promedio de los salarios entre 2002 y 2006.
En síntesis, el fallo disponía que en diciembre de 2006 el ingreso pasivo debía ser un 88,57% superior al de enero de 2002.
Badaro, por tener un ingreso de más de $ 1000 mensuales, había recibido hasta entonces una suba del 11 por ciento.
Y otro grupo de pasivos que entonces cobraba más que la jubilación mínima había tenido un aumento del 22,1 por ciento. Ya durante este año el Congreso convirtió en ley el proyecto de movilidad promovido por el Poder Ejecutivo, que regirá desde 2009. Esa norma no dispuso ninguna corrección por la insuficiencia de ajustes entre 2002 y 2008. Falta de respuesta
Con el anunciado objetivo de acortar los tiempos de respuesta a los reclamos judiciales -y tras la falta de respuesta por vía administrativa- el organismo de la seguridad social decidió este año dejar de apelar todos los fallos que fueran equivalentes a la causa Badaro. Sin embargo, una sentencia dictada en segunda instancia corrió el arco.
En la causa Cirillo, los jueces determinaron que los ajustes en función de la evolución de salarios deben aplicarse, pero no sólo hasta diciembre de 2006, sino hasta que entre en vigor la ley de movilidad. Esto suma, a lo que se había dispuesto para Badaro, la actualización por los años 2007 y 2008. Al disponer la Corte un límite temporal en su fallo, los jueces dieron a entender que esperaban la sanción de una ley que estableciera un índice definitivo con vigencia desde 2007.
Por otra parte, muchos reclamos se refieren también a la falta de una adecuada actualización del valor de los salarios de los diez últimos años trabajados, que se toman como referencia para calcular el haber de inicio de quien se jubila. En los últimos años, la Anses fue considerando diferentes pautas para esa valuación. Durante un tiempo no se hizo ninguna revalorización; luego se usó la fórmula sin actualización de salarios históricos, pero una vez obtenido el monto del haber se sumaban los aumentos que en los últimos años se habían dado a los jubilados. Eso provocó distorsiones hasta que se dispuso una pauta de actualización de salarios.
Pero ese índice no está basado en la variación de los salarios activos, sino en la suba que tuvieron algunos niveles de haberes.
El resultado es una subestimación de los valores y un haber inicial más bajo que el que correspondería, según los abogados que promueven demandas.
Fuente: http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1078508
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