viernes, 10 de junio de 2016

Reintegrarán el 15% del total de la compra, con un tope de $ 300

El dinero se acreditará en la cuenta bancaria del titular de la tarjeta. El primer mes se hará en dos pagos de 150 pesos.

PEDRO LAZARO FERNáNDEZ
Aspectos técnicos. El titular de la AFIP, Alberto Abad, explicó ayer el funcionamiento del mecanismo de devolución.
Ayer los ministros de Hacienda, Alfonso Prat-Gay, y de Desarrollo Social, Carolina Stanley y el titular de la AFIP, Alberto Abad, explicaron los alcances de la ley de devolución del IVA a los sectores de menores ingresos. Y adelantaron aspectos claves del funcionamiento de este nuevo sistema que se irá conociendo a medida que se reglamenta la ley. Los aspectos clave son:
1 ¿A quiénes alcanza?
A los 3 millones de jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo que hoy es de $ 4.959. A 1,5 millón de pensiones no contributivas. A 3,8 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH). Y a 340.000 asignaciones por embarazo. En total, son 8,6 millones. Este número de beneficiarios podría ser mayor con las provincias que adhieran. Pero hay un límite por ingreso del gru- po familiar: queda excluido si, por ejemplo, el cónyuge tiene ingresos porque está jubilado y/o trabaja y al grupo familiar ingresan más de dos veces y media el monto del haber mínimo ($ 4.959). Esto equivale a un tope cercano a los $ 12.500.
2 ¿A cuánto asciende el beneficio?
Es el del 15% sobre las compras realizadas con la tarjeta de débito donde la ANSeS acredita los pagos en todos los comercios. Equivale a compras de hasta $ 2.000 mensuales. No habrá devolución si la compra se realiza con otra tarjeta de débito del jubilado o pensionado. En los comercios y supermercados que venden alimentos, la devolución del IVA incluye todos los productos, como ropa o artefactos para el hogar, no solo los alimentos. Pero con topes: de $ 300 por mes para los jubilados, pensionados y pensiones no contributivas. Y de $ 200 por mes por cada beneficiario de la AUH. Esos importes se acreditan en la cuenta del beneficiario. Además, aunque el producto tenga un IVA inferior, por ejemplo del 10,5%, la devolución será del 15%.
3 ¿Cómo se ajustan los topes?
La ley establece que los topes se modificarán dos veces por año (enero y julio), en función de la variación de la canasta básica de alimentos que publique el INDEC.
4 ¿Cuándo empieza a regir?
Entra en vigencia a partir del 1° de julio, una vez que se promulgue y reglamente la ley.
5 ¿ Qué pasa con la actual devolución del IVA del 5% para las compras menores a $ 1.000 con tarjeta de débito?
Ese descuento se mantiene y se suma a esta nueva devolución de IVA. Así el jubilado podría recibir los $ 300 mensuales y otra suma adicional según las compras menores de $ 1.000 pagadas que realice con tarjeta de débito.
6 Se podrá pagar en dos cuotas
El beneficiario podrá pagar la compra en dos cuotas, sin interés. Además, hay un beneficio transitorio durante los 3 primeros meses. En el primer mes, con la primera compra, con independencia del monto de la compra, la AFIP devolverá $ 150 y con la segunda compra los siguientes $ 150. Así, si el jubilado hace una primera compra, por ejemplo, de $ 100, se le devolverá y acreditará en su cuenta $ 150. Y lo mismo en la segunda compra mensual. En el segundo mes, la devolución se hará en 3 cuotas en el mes de $ 100. Y en el tercer mes, en 6 cuotas de $ 50. Con esta disposición, se busca atraer y familiarizar a los beneficiarios con el uso de la tarjeta de débito.
7 ¿Qué pasa con los negocios que no trabajan con tarjetas de débito?
Se implementará un programa para que el pequeño comercio por el término de dos años pueda contar con el posnet con alquiler gratis, comisión cero y sin retención del IVA y Ganancias. Se pedirá la adhesión de los gobiernos provinciales para excluir también, por ejemplo, a Ingresos Brutos.

No hay comentarios: