miércoles, 28 de mayo de 2014

Demoras de hasta 6 años en fallos de juicios de jubilados

Ajustes de haberesSon los que ya estaban listos para sentencia final, y que ahora deberán ser girados a tribunales provinciales.

Muchos jubilados pasaron de la alegría a estar “al borde de un ataque de nervios”. Es que después de esperar varios largos años, les informaron que sus juicios ya estaban listos para la firma de la sentencia. Pero ahora, por decisión de la Corte Suprema, esos expedientes deben ser enviados a los juzgados provinciales, que deberán interiorizarse de las causas y, con buena suerte y viento a favor, de aquí a uno o dos años estarían en condiciones de dictar sentencia.

Es el caso Rosa Brisalia Balboa Barriga quien inició una demanda en junio de 2010 reclamando el pago por una diferencia de haberes.

El abogado Guillermo Jáuregui le dijo a Clarín que “la sentencia favorable del Juzgado Federal de Bariloche se emitió en 2011. La ANSeS apeló en septiembre de 2011. El expediente ingresó en la Sala I de la Cámara de la Seguridad Social. Allí en abril de este año pasó por las relatoras de los tres jueces de la Sala y estaba próximo a la firma y protocolización de la sentencia.

Pero como al 30 de abril no se cumplimentaron esos pasos, plazo fijado por la Corte, el 20 de mayo el expediente fue devuelto al Juzgado Federal de Bariloche para que a su vez lo gire a la Cámara Federal de General Roca. Este tribunal puede llegar a dictar sentencia dentro de uno o dos años, con lo cual el trámite de la apelación de la ANSeS insumiría 5 años y la duración del trámite total llevaría unos 6 años”.

De acuerdo a la Acordada de la Corte, los jueces deben remitir a los juzgados provinciales todos los expedientes que al 30 de abril no hubieran tenido sentencia definitiva. Esto implica que se deben devolver prácticamente “todas” las causas en “trámite”, incluso próximas a tener sentencias.

Se estima que en las tres Salas de la Cámara hay 1.500 expedientes con las sentencias pasadas en limpio, firmadas por los tres jueces y autorizadas por la secretaria.

Pero como todavía están en proceso de “registro” o “protocolización” no son todavía técnicamente “sentencias”. Aún así, esos expedientes están siendo enviados a los Tribunales provinciales.

Jáuregui considera que “no es una medida acertada devolver expedientes que se encontraban próximos a obtener una sentencia y que tenían el voto de los tres jueces, pero sin firmar. Con esta decisión s e pierde el trabajo de análisis hecho por los jueces de la Sala y se castiga a los demandantes a una espera mayor. Además las Cámaras Federales de las provincias no tienen experiencia sobre el tema previsional, lo que supone que necesitan tiempo para adentrarse en esta temática”.

Para Jáuregui, lo correcto es respetar la jurisdicción de la Cámara en todos los casos de expedientes ya radicados en las Salas. Se aguarda una aclaración de la Corte para todos estos casos.

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