La ANSeS deberá pagarle a un pensionado de las AFJP
16/08/10 - Clarin
La ANSeS deberá hacerse cargo de pagar un beneficio del sistema público a jubilados y pensionados del régimen privado. Así lo determinó la Justicia, tanto en primera como en segunda instancia.
El fallo en cuestión ordenó que el organismo encargada de administrar el sistema previsional pague la bonificación del 40% que cobran los beneficiarios que viven en el sur del país a un afiliado a una AFJP que se invalidó y obtuvo una pensión de renta vitalicia a través de una compañía de seguros.
La ANSeS había denegado el pedido formulado por Rubén Acosta con el argumento de que no le correspondía el pago porque no había aportado al Estado ni era beneficiario del sistema público sino que toda la pensión había sido asumida por el régimen privado a través de una aseguradora que el propio involucrado había elegido.
Los jueces sostuvieron que el sistema de jubilación privada (las AFJP) formaba parte del régimen previsional y la ley que instituyó la bonificación austral “no hace un distingo entre los jubilados por las AFJP o por el sistema de reparto” y que el aporte no es requisito porque también perciben el adicional en cuestión los titulares de “pensiones no contributivas”.
Entonces, concluyeron que no sólo le corresponde a Acosta el cobro del beneficio sino, además, la legislación “impone la obligación del pago de la bonificación por zona austral al Estado Nacional, por lo que los particulares no se encuentran legalmente obligados a soportar dicha carga”.
La bonificación mensual por zona austral es del 40% del haber previsional. La cobran 269.027 jubilados y pensionados con domicilio en las provincias de La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Carmen de Patagones (provincia de Buenos Aires).
Según el abogado Guillermo Jáuregui, este fallo constituye un antecedente para que la ANSeS asuma el pago de la bonificación austral sobre la totalidad de los haberes también de aquellos que cobran una parte del Estado y otra de la compañía de seguros.
Ahora el 40 por ciento se calcula solamente sobre la parte o “componente público”. Y también para que se haga cargo de otros reclamos que están haciendo los jubilados privados, como recibir la movilidad del sistema público porque la que obtuvieron y están obteniendo de las compañías de seguros es más baja.
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