martes, 24 de mayo de 2011

ART: pagarán de una sola vez las indemnizaciones

Por
Ismael Bermúdez ibermudez@clarin.com


El Superintendente de Riesgos del Trabajo, Juan González Gaviola le mandó una nota a las ART para que abonen en un solo pago y no en cuotas mensuales , las indemnizaciones a las que tienen derecho los trabajadores que se accidentan, haciéndose eco de un fallo de la Corte Suprema. Pero este criterio choca con la actitud de la ANSeS, que se niega a reconocer los reclamos de los jubilados y los obliga a iniciar juicios que tardan años en resolverse .

La razón que invoca González Gaviola es simple y más que razonable: la Corte Suprema dictaminó que el artículo de la ley de ART que fija el pago en rentas es inconstitucional porque no le permite al trabajador damnificado o a su familia administrar la indemnización que le corresponde según sus propias necesidades.

En consecuencia – agrega el Superintendente- si bien los fallos judiciales sólo benefician a quienes hicieron el reclamo, carece de sentido que las ART se nieguen a extender a todos los trabajadores damnificados el pago de una sola vez. Sostiene que se estarían alentando los juicios, con los gastos y dilaciones en el pago de los beneficios, en un tema sobre el que ya se pronunció el máximo tribunal .

González Gaviola apoya su nota en los dichos de la Procuración del Tesoro de la Nación que sostiene que “si existe jurisprudencia reiterada favorable a los reclamos de los interesados, no parece razonable ni práctico insistir en la negativa administrativa de tales reclamos”. Por su parte, Adrián Sasse, presidente de Unión de ART le dijo a Clarín que “nos parece correcto el criterio de la Superintendencia de ajustar el trámite a la realidad judicial” , aunque agregó “ consideramos necesario resolver normativamente los 3 o 4 puntos de la Ley que fueron objeto de cuestionamiento por parte de la Corte Suprema”.

Llamativamente, los mismos argumentos de la Superintendencia podrían aplicarse a la ANSeS donde también la Corte Suprema, en reiterados fallos se pronunció en favor del reajuste de los haberes jubilatorios .

Sin embargo, el organismo que encabeza Diego Bossio sigue rechazando los reclamos que hacen los jubilados y, así los obliga a iniciar un juicio, a pesar que el dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación también le cabe al organismo público previsional.

En el caso de los accidentes laborales, el pago de las indemnizaciones está a cargo de ART, entidades privadas, que al pagar en cuotas mensuales transfieren ese dinero a las compañías de seguro de retiro , también privadas, que luego van pagando en mensualidades.

Con miles de fallos adversos, la ANSeS obliga a cada jubilado a iniciar un juicio ya que no extiende a todos los jubilados la “reiterada” doctrina de la Corte Suprema. Aquí no se aplica ni el dictamen “práctico y razonable” de la Procuración del Tesoro y ningún funcionario superior ordena a la ANSeS ajustarse a la “realidad judicial”.

Así, el Estado recomienda a los privados que actúen como indica la Justicia. Pero no hace lo mismo cuando se trata de la ANSeS

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