jueves, 12 de mayo de 2011

Fallo a favor de Jubilados de las AFJP

La Justicia ordenó a la ANSeS que pague a Gloria Llanquileo la diferencia entre el haber mínimo y los $ 320 que percibe como renta vitalicia por haber pertenecido a una AFJP

El Juez Federal Leónidas Moldez ordenó a la ANSeS que le pague a Gloria Llanquileo la diferencia entre el haber mínimo –de $ 1.272 más el adicional de zona austral– y los $ 320 que percibe como renta vitalicia por haber pertenecido a una AFJP . La diferencia es de casi $ 1.400 mensuales.
La abogada Laura Wainer le explicó a Clarín que la sentencia precisa que la ley previsional garantiza todos los afiliados el haber mínimo. Que con la eliminación del sistema privado, desapareció toda distinción entre los beneficios y derechos de los jubilados. Y que la ANSeS debe aportar la diferencia hasta alcanzar el piso de la jubilación mínima.
Por el sistema de AFJP, el afiliado o el cónyuge en el caso de una pensión, podía elegir una pensión bajo la modalidad de la renta vitalicia, a cargo integramente de la AFJP a través de una compañía de seguros. Y el haber se calculaba en función del sueldo y de los aportes realizados, ajustable según los rendimientos de los fondos.
Cuando se eliminó el sistema privado, se fijó que esas renta vitalicias “puras” –que no tuvieran componente público– continuaban a cargo de las aseguradoras. El argumento fue que no correspondía que el Estado se hiciera cargo porque los fondos habían sido recaudados por la AFJP y transferidos a la compañía de seguros.
El abogado Guillermo Jáuregui calcula que en la misma situación que Llanquileo hay unas 20.000 jubilados o pensioandos exclusivos de las ex AFJP que podrían hacer idéntico reclamo.
Fuente Clarin 11 de Mayo de 2011

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